- Elementos Subjetivos:
- Sujeto Pasivo: es el administrado.
- Sujeto Activo: es la Administración, de tal forma que el acto administrativo solo puede ser dictado por el órgano administrativo al que una norma jurídica le haya otorgado tal competencia.
- Elementos Objetivos:
- Contenido: es la voluntad, el juício, el conocimiento o deseo que la Administración manifiesta mediante el acto administrativo.
- Características del Contenido: tiene que ser lícito, posible, determinado y adecuado al fin para el que ha sido dictado
- Contenido de una Resolución Admisnitrativa:
- Decisión adoptada,
- Si agota o no la vía administrativa,
- El recurso que cabe interponer contra élla, plazo y órgano ante el que se puede interponer,
- Órgano del que procede, así como su competencia
- Motivación: algunos actos administrativos tienen que estar motivados en argumentaciones racionales y suficientes, ésto son: los HECHOS y los FUNDAMENTOS DE DERECHO.
- Causas: son las razones por las que el acto administrativo ha sido dictado.
- Fin: conseguir el interés público.
- Elementos Formales:
- Cómo se producen: los actos administrativos: se tienen que realizar según el PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO que se haya establecido en la ley para cada caso.
- Cómo se exteriorizan: por regla general se exteriorizan por escrito, salvo que la naturaleza del acto exija o permita otra más adecuada.
En este blog intentaré hacer un breve resumen sobre el Procedimiento Administrativo Común que nos están explicando en clase de Gestión de la Documentación Jurídica y Empresarial
no se ligar
martes, 6 de mayo de 2014
elementos del acto administrativo
Para que el acto administrativo sea válido es necesario que contenga los siguientes elementos:
acto administrativo - tipos
Los actos administrativos se clasifican según distintos criterios, así tenemos los siguientes:
- según los EFECTOS:
- acto administrativo FAVORABLE: cuando el acto otorga un derecho o elimina una limitación al particular.
- acto administrativo DESFAVORABLE: cuando el acto priva de un derecho o impone una obligación al particular.
- según el ÓRGANO EMISOR:
- acto administrativo que procede de un ÓRGANO UNIPERSONAL: cuando el órgano emisor está formado por una solo persona (ej. Alcalde)
- acto administrativo que procede de un ÓRGANO COLEGIADO: cuando el órgano emisor está formado por un grupo de personas (ej. Pleno)
- según el DESTINATARIO:
- acto administrativo SINGULAR: cuando el acto va dirigido a una sola persona.
- acto administrativo GENERAL: cuando el acto va dirigido a un grupo de personas.
- según la LIBERTAD de la ADMINISTRACIÓN para dictar el acto:
- acto administrativo REGLADO: cuando el contenido del acto viene determinado por una ley.
- acto administrativo DISCRECIONAL: la administración tiene libertad tanto para dictar el acto como para determinar su contenido.
- según si el acto AGOTA O NO LA VÍA ADMINISTRATIVA:
- acto administrativo que AGOTA la vía administrativa: solo se puede recurrir ante un órgano de la jurisdicción de lo contencioso-administrativo.
- acto administrativo que NO AGOTA la vía administrativa: son los que se pueden recurrir ante la propia administración.
- según las CONSECUENCIAS:
- acto administrativo RESOLUTIVO: es el que decide sobre el fondo del asunto y pone fin al procedimiento administrativo
- acto administrativo DE TRÁMITE: forman parte del procedimiento administrativo y son necesarios para llegar a la resolución definitiva.
- según la VOLUNTAD EXPRESADA por la ADMÓN. en el acto:
- acto administrativo PRESUNTO: tiene lugar cuando la administración no expresa su voluntad en el acto y hay que presumirla.
- acto administrativo EXPRESO: tiene lugar cuando la administración expresa su voluntad en el acto administrativo.
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